Contratación de personal
Es necesario que el patrón tenga información correcta sobre el contrato individual de trabajo que celebra con sus empleados porque, de otro modo , no tiene señalados o descritos los requisitos que establecen con toda claridad cuáles son las condiciones de trabajo, es decir la duración de la jornada, los descansos legales, el salario y la manera de fijarlo y, sobre todo, la duración del contrato. Además, el patrón puede ser multado por las autoridades del trabajo si le falta este documento. La falta del documento no favorece al patrón, por que la Ley Federal del Trabajo, dice que si no existe el contrato, el trabajador tendrá de todos modos garantizados sus derechos. Por el contrario, el patrón es culpable de no haber redactado por escrito y no haber dado una copia del documento al trabajador.
El Contrato de trabajo es el documento que se celebra entre patrón y trabajador y que contiene las bases más importantes de la prestación del servicio, tales como jornada, salario, descansos legales y las otras normas que van a regir el vínculo entre uno y otro contratante.
El Contrato de trabajo es un escrito firmado por el patrón y por el trabajador, que se hace por duplicado y se entrega un ejemplar a cada uno de ellos. En el contrato se especifican las condiciones de trabajo.
Nuestra ley autoriza tres tipos
de contrato por su duración:
1. Por tiempo indeterminado o indefinido
2. Por obra determinada
3. Por tiempo determinado o fijo
La regla general es que el contrato sea por tiempo indefinido, por que normalmente se necesitan los servicios de un trabajador para cubrir las necesidades permanentes del negocio.
Sin embargo, a veces se necesita hacer trabajos que no son permanentes, como por ejemplo ampliar las instalaciones. En este caso se celebrará un contrato para obra determinada. Este contrato debe describir con detalle la obra que se va a realizar. Si se trata de suplir a un trabajador que está incapacitado o que disfruta de vacaciones, debe celebrarse un contrato por tiempo determinado o fijo. Este contrato debe precisar el nombre del trabajador ausente y la razón por la que esta fuera del trabajo: por incapacidad o vacaciones, según el caso.
Contratos no permitidos por la ley
Los siguientes contratos no están permitidos por la Ley Federal del Trabajo:
A. Contrato a Prueba
En el que se establece que el trabajador estará sujeto a probar su capacidad en un periodo determinado de tiempo, antes de que la contratación sea definitiva.
B. Contrato de aprendizajeEs el que se celebra para que el trabajador reciba enseñanza a cambio de una retribución simbólica inferior al salario mínimo. Este contrato estuvo permitido por la primera ley federal del trabajo, pero la ley actual lo suprimió, por considerar que se prestaba a la explotación del trabajador, pues permitía no pagarle salario o pagarle una retribución inferior al mínimo, pretextando que estaba recibiendo enseñanza.
C. Contrato de menores de catorce años de edad
Según la Constitución Mexicana y la ley federal del trabajo, la edad mínima para admitir a una persona como trabajador, es la de catorce años cumplidos, por que se considera que antes de esa edad el individuo no se ha desarrollado todavía lo suficiente, ni física ni mentalmente. Además por que se le estorbaba a que termine, por lo menos, la educación primaria.
D. Contrato verbal
También en la ley anterior se autorizaba este tipo de contrato para algún tipo de servicios como el temporal, pero la ley vigente ya no lo permite, por lo que todos los contratos de trabajo, de cualquier clase, tienen que celebrarse necesariamente por escrito.
Si el patrón celebra cualquiera de los contratos no permitidos por la ley, ya sea verbalmente o por escrito, se expone a que lo multe la autoridad laboral con sanciones de hasta 315 veces el salario mínimo por cada vez, independientemente de que el trato no tiene valor legal.
Afiliación de trabajadores
Es un acto administrativo mediante el cual la Tesorería General de la Seguridad Social reconoce la condición de incluida en el Sistema de Seguridad Social a la persona física que por primera vez realiza una actividad determinante de su inclusión en el ámbito de aplicación del mismo.Afiliación y Número de la Seguridad Social
Toda persona que vaya a iniciar una actividad laboral determinante de su inclusión en un régimen del Sistema de la Seguridad Social deberá solicitar un número de afiliación.
La afiliación presenta las siguientes características:
.Es obligatoria para las personas incluidas en el Sistema a efectos de derechos y obligaciones en su modalidad contributiva.
.Es única y general para todos los Regímenes del Sistema.
Se extiende a toda la vida de las personas comprendidas en el Sistema.
.Es exclusiva.
.La solicitud de Afiliación se formula en el modelo TA.1 "Solicitud de Afiliación/Número de Seguridad Social" .
La Tesorería General de la Seguridad Social asignará un Número de Seguridad Social a cada ciudadano para la identificación del mismo en sus relaciones con la misma. Asimismo se asignará a los beneficiarios de pensiones u otras prestaciones del Sistema.
El Número de la Seguridad Social presenta las siguientes características:
Es obligatorio para todo ciudadano con carácter previo a la solicitud de afiliación y alta en algún régimen de Seguridad Social.
Es obligatorio cuando se trate de beneficiarios de pensiones u otras prestaciones del Sistema.
Se hará constar en Resolución de la Tesorería General de la Seguridad Social en la que figurarán su nombre, apellidos y el DNI.
Para los afiliados coincide con su propio número de afiliación.
La solicitud de Número de Seguridad Social se formula en el modelo TA.1 "Solicitud de Afiliación/Número de Seguridad Social"
La afiliación a la Seguridad Social podrá realizarse de la siguiente forma:
A instancia del empresario
Los empresarios están obligados a solicitar la afiliación al Sistema de la Seguridad Social de quienes no estando afiliados ingresen a su servicio.
A instancia del trabajador
Los trabajadores por cuenta propia o asimilados que inicien su actividad como tales y no se encuentren ya afiliados, estarán obligados a solicitar la afiliación.
De igual forma los trabajadores por cuenta ajena o asimilados cuyo empresario no cumpla con la obligación que se impone en el apartado anterior, podrán solicitar su afiliación al Sistema.
De oficio
La afiliación podrá efectuarse de oficio por las Direcciones Provinciales de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administraciones de la misma cuando como consecuencia de la actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, de los datos obrantes en las entidades gestoras o por cualquier otro procedimiento, se compruebe el incumplimiento de la obligación de solicitar la afiliación por parte de los trabajadores o empresarios a los que incumba esta obligación.
La solicitud de afiliación (modelo TA.1 ) se dirigirá a la Dirección Provincial de la Tesorería de la Seguridad Social o Administración de la misma provinciaen que esté domiciliada la empresa en que presta servicios el trabajador por cuenta ajena o asimilado o en la que radique el establecimiento del trabajador autónomo.
Las solicitudes de afiliación deben formularse con carácter previo al inicio de la prestación de servicios del trabajador por cuenta ajena.
DERECHOS DE AUTOR:http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/Afiliacion/Afiliaciondetrabaja7332/index.htm#7331
la afiliacion de los trabajadores
ResponderEliminares importante para los trabajadores porque la empresa esta en la obligación en el momento de hacer contrato con alguna persona afiliarlos a todo lo de contrato de ley como es salud pensión riesgos profesionales etc. para que el trabajador este seguro su lugar de trabajo , la empresa este igualmente tranquilo con el trabajador
A mi forma de ver el contrato de trabajo es una formalidad empleador empleado, es mejor firmar un contrato ya que las reglas o condiciones quedan sustentadas y hay un documento que las respalda.
ResponderEliminarPara que haya un contrato de trabajo debe existir el siguiente escenario:
continuada subordinación o dependencia del trabajador respecto del empleador y un Salario como retribución del servicio.
la contratacion de personal es el procedimiento que se lleva a cabo en una empresa para formalizar la relacion laboral con un empleado que recien ingreso a la misma; y se refiere a la integracion de un expediente documental de los datos personales y profesionales que una persona proporciono a la empresa y el acto de formalizacion mediante la firma de un contrato donde se aceptan las obligaciones y responsabilidades de la empresa y el nuevo empleado, se menciona los dias de trabaja, de descanso, el salario que obtendra, los trabajos que debera realizar entre otras condiciones.
ResponderEliminares un documento ya puede ser verbal o escrito que hace un patrón a un empleador para afiliarlo a lo de ley como es salud,pensión,etc y llegar a un acuerdo en el salario
ResponderEliminarxiomara, patón y empleador..... viene siendo como lo mismo no le párese?, y creo que un documento se refiere casi siempre a algo físico o escrito.
EliminarAntes la mayoria de contratos que se realizaban se hacian de forma verbal, ya que existia la confianza entre los hombres de negocios, hoy en dia, por lo contario las empresas sienten la necesidad de que todas las actividades y contrataciones se haga por escrito y ahi es donde se hace el "contrato de trabajo" Con ello, las empresas buscan estar protegidas frente a cualquier reclamación futura que pudiera hacer el trabajador mientras dure su relación de trabajo o como consecuencia de su terminación.
ResponderEliminarEs importante que en el contrato se determine el salario que debe pagar la empresa, la forma de cálculo de cualquiera de los beneficios adicionales que pudiera recibir el trabajador, las obligaciones, y afiliaciones a que tiene derecho.
Sobre este tema es importante tenerlo en cuenta respecto a que el contrato de trabajo esta en todas las organizaciones, a que todos algún día tendremos que firmar o leer uno, es importante porque allí queda constancia de lo que se pueda aprobar , por otro lado las afiliaciones a las que el empleado tendra derecho.
ResponderEliminarLa contratación de personal es vital por que es cuando se establece formalmente por medio de un documento el acuerdo que llevaran a cabo tanto como el empleador como el empleado, teniendo en cuenta sus horarios de trabajo, sueldo, vacaciones, y el tiempo que va a laborar dentro de la empresa.
ResponderEliminarEl contrato de trabajo lo manejan todas las organizaciones, debemos tener claridad para no ser victimas del abuso de el empleador, para que exista un contrato debe existir los tres elementos que lo conforman:
ResponderEliminar1. Actividad personal del trabajador
2. La Subordinación
3. Salario como retribución al servicio.
Se le puede dar cualquier nombre al contrato pero tiene que existir los tres elementos, y tener claro la clausulas que lo conforman.
La contratacion del personal debe tomarse con mucho cuidado y ser estudiado de tal forma tanto por el empleador como por el empleado. ya que en el contratacion de cada personal o en el contrato de trabajo se determina especificamente bajo que condiciones se realiza tal acto y cuales son aquellos requerimiento deberes y derechos tanto por parte del empleador como dle empleado.
ResponderEliminarLa contratación es un elemento vital y es allí donde se establecen los requisitos con toda claridad cuáles son las condiciones de trabajo, es decir la duración de la jornada, los descansos legales, el salario y la manera de fijarlo y, sobre todo, la duración del contrato.
ResponderEliminarcontratación: mediante la contratación se define formalmente las políticas de trabajo,que tiene que ver con el cargo a desempeñar,tiempo de trabajo, salario, horario de trabajo, descansos,y en si todas las obligaciones del empleador, como el empleado para el buen funcionamiento de la empresa.
ResponderEliminarla contratación:se establece formalmente requisitos y obligaciones empleado y el empleador en todo lo referente con cargo a desempeñar,tiempo de trabajo, salario, horario de trabajo, descansos y al haber claridad la empresa tendrá un buen funcionamiento.
ResponderEliminarUn contrato de trabajo es un documento que se celebra entre empleador y empleado, donde se estipula aspectos de suma importancia como lo son: tipo de contrato, salaria, horario laboral, y clausulas que brindan seguridad a ambas partes.
ResponderEliminarLa contratación se realiza para formalizar y garantizar los intereses y derechos tanto del empleado como del empleador, la duración de dicho contrato será por el tiempo que hayan programado, ya sea indeterminado o determinado, también pactan cuanto le van ha pagar como salario mensual o quincenal y el horario laboral.
ResponderEliminarBuenas noches: Una vez pasadas con éxito las etapas del proceso de selección o mecanismos de interpretación (solicitud, pruebas, entrevistas, exámenes médicos, etc.) se ejerce la contratación del empleado donde se pacta un compromiso tanto de este y del empleador con la empresa y de la ejecución del cargo a ocupar con excelencia y calidad.
ResponderEliminarDespués de la selección de personal y ya tener un candidato se le hace una contratación y se hará con el respaldo de un examen medico y psicológico.
ResponderEliminareste dicho contrato dice la normatividad con clausulas y reglamentos de debe cumplir el empleado y se firmara y compremetera a realizar todo lo de allí pactado.
y se le hará una respectiva afiliación a todo el sistema integral de salud y pensiones con sus beneficios y deberes.
y el empleador le cumplirá con su beneficios de prestaciones sociales.
La contratación personal es un requisitos y obligación del empleado y empleador es firma un contrato para establecer lo que el empleador tiene derecho por ley en el trabajo queda constancia atraves de un documento realizado por la empresa .
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